lunes, 8 de abril de 2013

AQUÍ
Lugar ideal para vivir.....Hoy el aroma  a azahar  inunda los sentidos, además de naranjos, hay almendros, y un jardín mediterráneo muy cuidado.....Para una gran familia o dos.....
Cerca de Dénia, cerca de la playa...Todo plano....Paseos con bicicleta, circuito de la vía verde muy próximo.
cassaglobal.com
http://bit.ly/10Knd8c
Han abusado de nosotros....Demasiado!!!!!!

Ya era hora que  les pararan los pies. Esto ha sido práctica habitual durante mucho tiempo en ésta y otras muchas  compañías de telefonía móvil...
Aún no  teniendo la razón, Sin hacerte caso, van aplastándote, sin dar la cara, y  encima con amenazas!!
Has de pagar y  tragar  lo que a ellos les da la gana.. .. De lo contrario....te meten en una lista "negra" y ya te las apañarás, si luego te da problemas....¡¡¡¡¡ Es de vergüenza.!!!!!
 Ahora,como consumidores  y sabiendo que vulneran la legislación, ahora nos toca a nosotros poner el punto sobre la i.-
Me he alegrado mucho al conocer la noticia, ya que he sido víctima en algún momento de ésta compañía....Y tuve que hacer mil llamadas, mil  explicaciones, mil papeles  por no  someterme a sus  dictados ,lo que me parecía un abuso  total  .....-Hoy, aún no ha terminado mi lucha-- Derroché mi tiempo, energía,  me sentí impotente ante ese "Leviathan"  y mucha indignación.
Noticias como ésta hace que   sienta   que haya valido la pena.
¡¡¡¡  POR  FIN !!!
Toñi.

miércoles, 3 de abril de 2013

martes, 29 de enero de 2013

NOVEDADES TRIBUTARIAS 2013


ESTO NOS  AFECTA......


En La Ley 16/2012, de 27 de Diciembre, se adoptan diversas medidas tributarias, entre las cuales  está : 
La Supresión de la deducción por inversión de  vivienda habitual:


Con efectos desde el  1 de enero de 2013 se  suprime la  deducción por 
inversión en vivienda habitual prevista en el apartado 1 del artículo 68 de la 
Ley del impuesto.
Para ello se modifican los siguientes artículos de la Ley del  impuesto: 67.1, 
68.1, 69.2, 70.1, 77.1, 78, 96.4 y DA 23ª.
No obstante, se establece un régimen transitorio de deducción por inversión 
en vivienda habitual (DT 18ª) en virtud del cual podrán seguir practicándose la 
deducción los siguientes contribuyentes:
a) Los contribuyentes que hubieran  adquirido su vivienda habitual o 
satisfecho cantidades para su construcción con anterioridad a 1 de enero 
de 2013.
b) Los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades por obras de 
rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual con anterioridad a 1 de 
enero de 2013, siempre que las citadas obras estén terminadas antes de 1 
de enero de 2017.
c) Los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades para la realización 
de  obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las 
personas con  discapacidad con anterioridad a 1 de enero de 2013,
siempre y cuando las citadas obras o instalaciones estén concluidas antes 
de 1 de enero de 2017.
En todo caso, para poder aplicar el régimen transitorio de deducción se exige 
que los contribuyentes hayan aplicado la deducción por  dicha vivienda en 
2012 o en años anteriores, salvo que no la hayan podido aplicar todavía porque 
el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por 
reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.
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Noticia elaborada por La Agencia Tributaria
En cassaglobal.com  creemos que  debemos estar informados
Toñi Ballester-